A veces, las lesiones sufridas en el lugar de trabajo son tan graves que la víctima no sobrevive. Puede morir en el lugar del accidente o sobrevivir semanas o meses antes de fallecer.
A continuación, los abogados de Berry, Smith & Bartell discutir las reclamaciones de prestaciones por muerte en virtud de la indemnización de los trabajadores. Para obtener ayuda con su posible reclamación, póngase en contacto con nosotros para una consulta gratuita y sin compromiso hoy mismo.
Prestaciones por defunción en California
En California, quienes dependían económicamente de un trabajador fallecido pueden tener derecho a percibir prestaciones por fallecimiento a través de la indemnización por accidente de trabajo. Las prestaciones por defunción ofrecen una compensación por los gastos de sepelio, así como prestaciones en metálico para compensar la pérdida del sustento económico del trabajador.
¿Quién tiene derecho a prestaciones?
Las prestaciones de indemnización por defunción se abonan a las personas a cargo del trabajador fallecido.
El total de dependientes incluye:
- El cónyuge del trabajador fallecido, si gana 30.000 $ o menos en el periodo de 12 meses anterior al fallecimiento.
- Menores de 18 años
Los dependientes parciales podrían ser:
- Hijos, incluidos hijastros e hijos adoptivos
- Cónyuges
- Hermanos
- Tías
- Tíos
- Padres
- Abuelos
- Sobrinas
- Sobrinos
- Suegros
¿Cuánto valen las prestaciones?
Las prestaciones por defunción con arreglo al sistema de compensación de los trabajadores de California son las siguientes:
- Hasta 10.000 € pagados para gastos de sepelio por lesiones ocurridas a partir del 1 de enero de 2013
- Entre 250.000 y 320.000 dólares para las personas a cargo del trabajador fallecido
El importe total abonado en concepto de prestaciones por defunción a las personas a cargo depende del número de personas que declaren haber recibido ayuda del trabajador fallecido.
- Un dependiente podría recibir 250.000 dólares
- Si hay un dependiente y uno o dos dependientes parciales, el dependiente total recibiría 250.000 $ y cada dependiente parcial recibiría 25.000 $.
- Si el trabajador fallecido tiene dos personas a su cargo en total, no podrá percibir prestaciones ninguna persona a su cargo parcialmente. Los dos dependientes totales se reparten a partes iguales una prestación de 290.000 $.
- Si hay tres o más dependientes en total, cada uno se reparte a partes iguales una prestación de 320.000 $.
Las prestaciones por defunción no se abonan en un pago único. En la mayoría de los casos, se abonan a plazos, por el mismo importe semanal que la tasa de incapacidad total temporal del trabajador fallecido. Estos pagos no serán inferiores a 224 $ semanales.
En el caso de los hijos menores de edad, los pagos continúan hasta que el hijo menor cumple 18 años o fallece un hijo incapacitado.
Si la aseguradora de accidentes de trabajo aún debía pagos al trabajador lesionado por gastos médicos, incapacidad temporal o incapacidad total en el momento del fallecimiento del trabajador, esas prestaciones deben abonarse a las personas a su cargo. Si el trabajador no tenía personas a su cargo, los pagos deben efectuarse a los herederos legales o al representante personal del difunto. Las personas con derecho a percibir estos pagos pueden reclamar el pago de las sanciones asociadas al retraso en el abono de las prestaciones del trabajador.
¿De cuánto tiempo dispone para presentar una reclamación?
Los derechohabientes parciales y totales disponen de un plazo máximo de un año para solicitar las prestaciones tras el fallecimiento de un trabajador por accidente de trabajo o enfermedad profesional. Si la empresa del trabajador fallecido pagó una indemnización por mala conducta y el fallecido falleció más de un año después de la lesión, las personas a su cargo deben solicitar las prestaciones por defunción en el plazo de un año tras el último pago de ese tipo de indemnización.
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Si su ser querido sufrió lesiones mortales en un accidente laboral, puede tener derecho a prestaciones por fallecimiento a través de la indemnización por accidente de trabajo. Nuestros abogados de compensación de trabajadores de Bakersfield trabajan para recuperar una compensación justa para las víctimas de lesiones de trabajo y los que dependían de un empleado que murió en un accidente de trabajo.
Solicite hoy mismo una consulta gratuita y sin compromiso. No se cobran honorarios por adelantado y usted sólo nos paga si conseguimos indemnizarle. Tenemos más de 60 años de experiencia combinada recuperando compensación para los trabajadores de California.